¿Cuál es la jornada máxima de trabajo para un menor de 18 años y mayor de 16 y para un menor de más de 14 años y menos de 16?
De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 26.390, la jornada de trabajo para menores de 16 a 18 años es de 6 horas, no pueden trabajar de noche, ni en lugares declarados insalubres. La edad de prohibición de trabajo para menores fue elevada a 16 años, pero hasta el 25 de mayo de 2010 es de 15 años.
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Un empleador, que por motivos de baja en las ventas, llegó a un acuerdo con el empleado para trabajar dos semanas en el mes con la detracción en el sueldo de la parte correspondiente, ahora el empleador quiere modificarle nuevamente las condiciones y en lugar de laborar dos semanas que sean todos los días pero medio día. ¿Esto es posible o el empleado puede negarse y reclamar indemnización por cambio en las condiciones laborales?
El empleado ante los constantes cambios en las condiciones de trabajo puede darse por despedido o realizar algún reclamo.
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¿Hay un límite de horas extras que puede hacer un empleado?
El límite de horas extras es de 30 horas mensuales o 200 horas anuales.
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